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Se entiende por construcción la realización de los trabajos correspondientes a la ejecución de la obra de acuerdo con el proyecto arquitectónico, estudios de ingeniería, especificaciones y planos técnicos. La obligación del arquitecto a este respecto comprende los siguientes puntos:

 

a) Dirección técnica de la construcción

b) Explicación de los planos a los operarios y a los subcontratistas.

c) Compra de materiales, herramientas y alquiler de equipo

d) Celebración de subcontratos

e) Consecución, selección, dirección y pago del personal de la obra.

f) Rendición periódica de cuentas, según el tipo de contrato

g) El cumplimiento de todas aquellas actividades necesarias para la completa terminación de los trabajos que se le hayan encomendado, incluyendo las obligaciones fiscales y parafiscales propias de la construcción.

h) Deberá entregar a la entidad contratante la construcción y un manual de instrucciones para el uso y mantenimiento de la construcción, dentro del cual estén incluidos los planos arquitectónicos actualizados, los de instalaciones y los de ingeniería.

Las modalidades de construcción son las siguientes:

1 Construcción por administración delegada. En este caso el arquitecto obra como representante o delegado de la entidad contratante y todos los gastos de la obra se hacen por cuenta y riesgo de este último.

1.1 Obtención de los servicios públicos. 

1.2 Errores en la obra. 

1.3 Pólizas de seguro. (En este tipo de contrato todas las pólizas de seguro, registro del contrato y de garantía exigidas al arquitecto, serán pagadas por la entidad contratante).

1.4 Dirección de la obra. 

1.5 Suministro de fondos. (contratante) 

1.6 Presentación de cuentas. 

7.1.1.7 Descuentos. 

7.1.1.8 Entrega de la obra. 

2 Construcción a precio global o alzado. Se entiende por construcción a precio global o alzado, aquella en la que el arquitecto se obliga a realizar por una suma total fija, determinada obra, asumiendo todos los riesgos del costo de la misma.

 

3 Construcción por precios unitarios. Se entiende por construcción por precios unitarios, aquella en la que se determinan los precios de cada item de la obra que deben ejecutarse, independientemente de su volumen o cantidad. En este tipo de contrato el arquitecto asume la responsabilidad del costo de los precios unitarios pactados, pero no del volumen o cantidad que requiera la construcción.

@2020 por Laor Arquitectuta y Construccion S.A.S, diseño, construccion y agente inmobiliario/creado con Wix.com

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